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¡Importante! Congreso aprobó que se pueda ejercer fuerza letal en defensa propia

Con 78 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, el Congreso admitió el proyecto de ley que permite a los peruanos hacer uso de la fuerza letal en defensa propia.

Poder Legislativo.
Poder Legislativo. (Congreso)

21/09/2023 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 21/09/2023

El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que permite a los ciudadanos hacer uso de la fuerza letal en defensa propia frente a situaciones delincuenciales.

Con 78 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, el Parlamento admitió el dictamen presentado por la congresista de Avanza País, Patricia Chirinos, el cual tiene como objetivo modificar el Código Penal y el Código Procesal Penal

"El propósito de esta ley es modificar el artículo 20 del Decreto Legislativo 635 del Código Penal Peruano, con el fin de proporcionar protección legal a aquellos individuos que defienden la inviolabilidad de su hogar, vehículo y lugar de trabajo o negocio, ante un atentado contra la integridad personal o de su entorno familiar", se lee en el oficio. 

Asimismo, el proyecto de ley precisó que se protege legalmente a las personas que actúan ante un ataque, invasión a su hogar, vehículo y lugar de trabajo o negocio.

"Esto se aplica a aquellos que utilizan la fuerza y otros medios de defensa, resultando en lesiones o la muerte del delincuente. En otras palabras, se protege legalmente a la persona en legítima defensa actúa ante un ataque o invasión a su hogar, vehículo y lugar de trabajo o negocio", añadieron. 

No procede prisión preventiva

En esa misma línea, el dictamen incorpora el literal D del artículo 268 del Código Procesal Penal, que indica que no procede la prisión preventiva en los casos de "inminente aplicación" de la legítima defensa propia o de tercero.  

"No procede la prisión preventiva en los casos de inminente aplicación de la legítima defensa propia o de tercero conforme a ley; salvo la presencia de antecedentes y/o pruebas fehacientes que justifiquen la existencia del delito o que recaiga sobre la persona sentenciada firme condenatoria"

Mayores detalles

La presidenta de la Comisión de Justicia, Janet Rivas, señaló que queda excluido el criterio de la proporcionalidad del instrumento con el que se repelió el ataque y se tomará en cuenta "la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios que se dispongan para la defensa".

Además, la parlamentaria de Perú Libre apuntó que se considerará la actitud hacia el agresor por parte de quien se defiende de él, la situación de peligro inminente en la que este se encuentre y la necesidad de proteger tanto su vida como la de terceras personas.   

De esta manera, el Congreso aprobó el proyecto de ley, presentado por la parlamentaria Patricia Chirinos, que permite a los ciudadanos hacer uso de la fuerza letal en defensa propia frente a situaciones delincuenciales.