12/02/2026 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 12/02/2026
El Gobierno de José Jerí promulgó el Decreto Legislativo N.° 1737, el cual modifica el Código de Ejecución Penal para incorporar la etapa "Extrema Seguridad" en el Régimen Cerrado Especial de los penales. Según se conoció, esta medida recae sobre los presos por sicariato, extorsión y secuestro.
¿En qué consiste la norma legislativa?
De acuerdo a la plataforma oficial del Estado peruano, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) planteó esta iniciativa que se presentó ante el incremento de inseguridad ciudadana. Esta norma incluye medidas más drásticas para los internos de los diversos penales en el país.
"Los internos clasificados en esta etapa permanecerán, como mínimo, cuatro años, y cinco años cuando se trate de jefes, líderes o cabecillas de organizaciones o bandas criminales, antes de evaluar su progresión a la Etapa A del Régimen Cerrado Especial", señalan en la norma legislativa.
Es así como, los clasificados automáticamente sentenciados y procesados por sicariato, secuestro, extorsión y criminalidad sistemática, así como a los jefes, líderes o cabecillas de bandas u organizaciones criminales, así como aquellos que cometan los delitos que cometan estando recluidos.
Además, se detalló que en la etapa "Extrema Seguridad" los presos se ubicarán en celdas unipersonales; asimismo contarán con solo una hora de patio, la cual contará con vigilancia estricta. De tal modo, solo se les permitirá una visita mensual de un familiar.
Sobre rendición de pena
Cabe mencionar que, bajo la norma aprobada y promulgada por el Gobierno, se modifica el artículo 46 del Código Penal para restringir la aplicación del beneficio de redención de pena por trabajo o educación a los sentenciados por los delitos de extorsión, organización criminal y banda criminal.
De tal modo, también se incorporó el artículo 47-A al Código de Ejecución Penal, esto con la finalidad de regular el control judicial sobre la aplicación del beneficio de redención de pena por trabajo o educación cuando el mismo habilite el egreso por cumplimiento de condena.
En este caso, se exceptúa de dicho control judicial los delitos de menor lesividad, en la que la administración penitenciaria podrá seguir autorizando el egreso por cumplimiento de condena.
En conclusión, el Estado promulgó la norma que incorpora la etapa "Extrema Seguridad" en el Régimen Cerrado Especial de los penales. Esta medida se toma como parte de las acciones que realizan las autoridades como parte de la lucha contra la criminalidad organizada y delincuencia en el país.

